Seguros de alquiler

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Seguros de alquiler

El seguro de impago del alquiler protege al propietario ante posibles inquilinos morosos que no paguen su alquiler mensual, cubriendo el pago de las rentas que se deben hasta un máximo del número de mensualidades conforme se establezca en la póliza de seguros. Esta es la cobertura principal y el gran atractivo de este tipo de seguros, pero no el único.

Porque en realidad, cuando contratamos un seguro de impago de alquiler, accedemos a diversas garantías relacionadas con la defensa y protección de nuestros intereses en relación con la vivienda arrendada:

En caso de impago, el seguro puede llegar a asumir el importe total de las rentas mensuales impagadas hasta el límite temporal establecido en la póliza (cuantificado en meses).

El asegurador realizará, a través de abogados expertos en la materia, la reclamación al inquilino de las cuotas de alquiler impagadas, antes de que exista sentencia de desahucio o condena por impago.

Asimismo, la compañía aseguradora también realiza los trámites legales necesarios para obtener la orden y/o sentencia de desahucio del inquilino moroso.

Para formalizar un seguro de impago de alquiler, las aseguradoras analizan la solvencia financiera de los inquilinos a los que el propietario va a arrendar la vivienda. Es lógico, ya que en caso de que estas personas no hagan frente al pago del alquiler, será la compañía aseguradora la que asumirá el importe correspondiente a las rentas impagadas, así como los posibles costes relacionados con la reclamación de la deuda.

Por lo indicado, lo habitual es que la aseguradora lleve a cabo un estudio de viabilidad económica del inquilino. De igual modo que a la hora de ofrecer un préstamo o una hipoteca, la compañía que asume el riesgo de impago quiere saber si el inquilino podrá afrontar el pago de las mensualidades con garantías suficientes.

Razones para contratar un seguro de alquiler

En primer lugar, porque nos ayuda a seleccionar al inquilino a través del estudio financiero que realiza la aseguradora. Asimismo, el asegurador asume las gestiones de reclamación de rentas pendientes y, en caso de resultar infructuosas, asume el importe de las rentas impagadas. También realiza las gestiones y trámites necesarios (tanto judiciales como extrajudiciales) para que se ejecute el desahucio de la vivienda, en caso de que sea preciso.