seguro de vida
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¿Qué es lo que cubre un seguro de vida?

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El seguro de vida es uno de los productos estrella de cualquier compañía aseguradora. Sin embargo, es uno de los que más dudas generan y en los que más leyendas hay. A continuación te contamos, qué cubre y qué no cubre un seguro de vida.

Existe la creencia popular de que un seguro de vida no es útil si no eres una persona mayor. Pero esto no es así ni mucho menos, cuando nos casamos o tenemos hijos, los seguros de vida nos pueden ayudar mucho a proteger a nuestros seres queridos. No solo en caso de fallecimiento, sino también en otras circunstancias como invalidez.

Recuerda que incluso siendo joven puedes sufrir algún percance en el que el seguro de vida sea de gran utilidad.

Coberturas del seguro de vida

La cobertura principal de un seguro de vida es la de fallecimiento. Los seguros de vida son un contrato entre una aseguradora y el asegurado para establecer la indemnización de una suma de dinero al estipulado como beneficiario en la póliza en caso de que el tomador fallezca.

El cálculo del precio de la prima y de la indemnización que se paga al beneficiario es variable y se tiene en cuenta entre otros aspectos el perfil del asegurado, la edad y el dinero que quiere asegurar.

Otra de las coberturas del seguro de vida es la invalidez permanente, total, o absoluta. En el caso de que el asegurado sufra un accidente que le imposibilite seguir trabajando, recibirá el capital asegurado o un subsidio pactado en póliza de por vida. Por supuesto, demostrado que la invalidez es causada por enfermedad o accidente sin intencionalidad por parte del asegurado.

Qué no cubre el seguro de vida

Existen una serie de situaciones en los que el seguro de vida no cubre la muerte del tomador:

  • Suicidio. El suicidio es una de las situaciones de exclusión de cobertura de los seguros de vida. También se penaliza con negligencia grave los actos imprudentes, como por ejemplo, morir por conducir bajo los efectos de la droga.
  • Actos que impliquen confrontaciones militares o civiles. En caso de revuelta o guerra.
  • Deportes de alto riesgo: como carreras de coche, determinadas artes marciales y lucha cuerpo a cuero o alpinismo.
  • Accidentes producidos por fenómenos naturales: erupciones volcánicas, terremotos o inundaciones.
  • Muerte causada por el beneficiario de manera intencionada por conflicto de intereses.

Además de esto, las patologías no traumáticas (derrames e infartos) no pagar las primas al día o haber mentido en el cuestionario de salud son algunos de los casos en los que las compañías aunque si cubren, pueden negarse a pagar la indemnización de la póliza e ir a juicio.

Tipos de seguros de vida

Existen muchos tipos de seguro de vida. No todos son iguales. Te contamos los más comunes para que puedas tener una idea formada antes de contratar el tuyo.

Seguro de vida básico

Es la póliza fundamental de cualquier compañía. Cubre, básicamente el fallecimiento y los gastos de entierro. Es ideal para las personas que buscan dejar protegidos ante este gasto a los familiares cercanos como cónyuge o hijos.

Seguro de vida ampliado

Este tipo de póliza, además de la cobertura de fallecimiento. También cubre por enfermedades graves. Entre otros servicios, ofrece la posibilidad de segundas opiniones médicas y orientación sanitaria 24 horas del día, así como indemnización total o parcial en caso de este tipo de enfermedad.

Seguro de vida profesional

Este tipo de seguro de vida, está enfocado a profesionales que corren un especial riesgo en el desarrollo de su trabajo. Las coberturas principales de este seguro son: enfermedad grave, fallecimiento, fallecimiento por accidente, fallecimiento por accidente de circulación, invalidez por accidente, invalidez por accidente de circulación e invalidez permanente absoluta.

Seguro de vida para hipoteca

Lo primero que hay que dejar claro es que, los seguros de vida que se unen a las hipotecas. NO SON OBLIGATORIOS, aunque si muy recomendables.

Este seguro se hace cargo de las obligaciones hipotecarias contraídas con la entidad bancaria en caso de muerte o invalidez. Dejando así, protegidos a tus familiares directos en caso de accidente futuro.

Cada compañía tiene diferentes condiciones particulares, pero muchas de ellas, ofrecen además la posibilidad de hacer frente al pago de las cuotas hipotecarias en caso de que te despidan de forma improcedente por un periodo que suele ser aproximadamente de un año.

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